Suele constituir una práctica estándar suspender la ingesta de alimentos durante el trabajo de parto.
La justificación para hacerlo así, es que toda paciente en trabajo de parto tiene un riesgo anestésico.
Además de que el vaciamiento gástrico es más lento durante el embarazo por el efecto de hormona llamada progesterona.
Mendelson en 1946 describió un clásico síndrome severo de broncoaspiración de contenido gástrico ácido, siendo el responsable de la recomendación de ayuno durante el trabajo de parto.
La Sociedad Americana de Anestesiólogos, en sus recomendaciones del 2007 establece que «la ingesta oral de sólidos durante el trabajo de parto aumenta la frecuencia de complicaciones maternas, y que la ingesta de líquidos ligeros podría ser permitida en pacientes en trabajo de parto, de bajo riesgo…»
Un trabajo reciente, publicado en British Medical Journal ( BMJ 2009;338:b784), establece que la ingesta de líquidos y de dieta ligera antes de los 6 cm de dilatación (la negrita es mía), no afecta la evolución final del trabajo de parto, esto es los resultados obstétricos ni mejoran ni se agravan.
Puntualizan los autores que la baja incidencia del síndrome de Mendelson en pacientes obstétricas, gracias a los avances anestésicos (esencialmente el uso de anestesias conductivas), le resta potencia al estudio para detectar complicaciones asociadas a la ingesta de alimentos durante el trabajo de parto.
Establece el mismo estudio que a medida que avanza el trabajo de parto la demanda de alimentos por parte de la paciente suele ser menor.
Estas recomendaciones de dieta se aplican a pacientes de bajo riesgo, esto es: que no estén bajo un bloqueo anestésico epidural o que reciban opiáceos para analgesia, o tengan algún factor de riesgo durante el parto.
La conclusión final puede ser que cada caso debe ser individualizado, que no debe existir, como en casi todo una posición rígida al respecto y al final es la paciente quien tiene la opción de decidir de manera informada, qué es lo mejor para ella y su bebé en cada caso en particular.
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