Efectivo desde el 31/07/2025, en España, se amplía el permiso por nacimiento a ambos progenitores a 17 semanas; más 2 semanas adicionales hasta que el menor cumpla los 8 años de vida. Sin carácter retroactivo, esto es sólo para los bebés que nazcan a partir de ésa fecha.
Las familias monoparentales, disfrutarán de 32 semanas de permiso. 28 semanas durante el primer año de vida del niño y 4 semanas adicionales hasta que el menor cumpla los 8 años.
Además, con carácter retroactivo hasta el 2 de agosto del 2024 y efectivo a partir del 1 de enero del 2026; se retribuyen 2 semanas, de permiso parental para el cuidado de un menor de hasta 8 años.
El permiso de maternidad y paternidad, se distribuye de la siguiente manera:
- 6 semanas completas ininterrumpidas, a jornada completa. De cumplimiento obligatorio desde la fecha del parto.
- 11 semanas, 22 en el caso de familias monoparentales, se distribuyen a voluntad del trabajador, en periodos semanales. Hasta que el hijo cumpla el año. La madre biológica, puede adelantar éstas semanas, hasta 4 semanas antes de la fecha probable del parto.
- 2 semanas, 4 en el caso de familias monoparentales; para el cuidado del menor, a voluntad del trabajador hasta que el niño cumpla 8 años.
- En los casos de adopción, guarda y acogimiento, el permiso será de 19 semanas para cada adoptante, guarda o acogedor.
El trabajador deberá participar a la empresa con una antelación de 15 días, o en los términos establecidos en los contratos colectivos, el ejercicio de éste derecho.
La presente información no sustituye el buen consejo de un profesional de su confianza.
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